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Quiénes somos » CPCG
Propósitos
 

De acuerdo a la Ley de Profesiones (Capítulo IV, Artículo 50), los colegios de profesionistas tendrán los siguientes propósitos

  • Vigilancia del ejercicio profesional con objeto de que éste se realice dentro del más alto plano legal y moral;
  • Promover la expedición de leyes, reglamentos y sus reformas, relativos al ejercicio profesional;
  • Auxiliar a la administración pública con capacidad para promover lo conducente a la moralización de la misma;
  • Denunciar a la Secretaría de Educación Pública o a las autoridades penales las violaciones a la presente Ley;
  • Proponer los aranceles profesionales;
  • Servir de árbitro en los conflictos entre profesionales o entre éstos y sus clientes, cuando acuerden someterse los mismos a dicho arbitraje;
  • Fomentar la cultura y las relaciones con los colegios similares del país o extranjeros;
  • Prestar la más amplia colaboración al poder público como cuerpos consultores;
  • Representar a sus miembros o asociados ante la Dirección General de Profesiones;
  • Formular los estatutos del colegio depositando un ejemplar en la propia Dirección;
  • Colaborar en la elaboración de los planes de estudios profesionales;
  • Hacerse presentar en los congresos relativos al ejercicio profesional;
  • Formar listas de sus miembros por especialidades, para llevar su turno conforme al cual deberá presentarse el servicio social;
  • Anotar anualmente los trabajos desempeñados por los profesionistas en el servicio social;
  • Formar listas de peritos profesionales, por especialidades, que serán las únicas que sirvan oficialmente